miércoles, 9 de marzo de 2016

DISCRIMINACION POR ORIGEN

Si la descendencia de un empleado o de un solicitante de empleo es mexicana, ucraniana, filipina, árabe, indoamericana o de cualquier otra nacionalidad tiene derecho a las mismas oportunidades de empleo que cualquier otra persona. La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, tal su sigla en inglés) hace cumplir la prohibicion de discriminar por origen nacional en el empleo conforme al Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. El Título VII se aplica a patronos con 15 o más empleados.
“Con la sociedad estadounidense cada vez más diversificada, la protección contra la discriminación por origen nacional es vital para los derechos de los trabajadores al competir por los empleos en un nivel parejo”, dijo la Presidenta de la EEOC, Cari M. Domínguez, anuncio recientemente en una guía sobre dIscriminación por origen nacional. “Los inmigrantes fueron durante mucho tiempo un activo de la fuerza de trabajo estadounidense. Esto es más cierto que nunca en una economía cada vez más globalizada. Los acontecimientos mundiales recientes incluyendo los hechos del 11 de septiembre de 2001 solo anaden a la necesidad de que los patronos estén vigilantes en asegurar un lugar de trabajo libre de discriminación”.



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